Lo que dice el reglamento

Lo que dice el reglamento

Artículo 143

Se consideran como infracciones muy graves a la disciplina deportiva las siguientes:

a) La utilización de las sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como de métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los futbolistas o a modificar los resultados de las competiciones.

Artículo 144

2. Por la comisión de la infracción prevista en el apartado a) del artículo anterior, cuando se trate de sustancias o métodos contenidos en el artículo 357. 1 II del Reglamento General, del listado de sustancias y métodos prohibidos, corresponderá suspensión o privación de licencia federativa de dos a cuatro años y, en su caso, multa de 250.000 a 2.000.000 de pesetas.