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Natación Sincronizada | Sentencia del 'caso tarrés'

La Federación no tendrá que indemnizar a Anna Tarrés

El juez no aprecia relación entre Carpena y la carta.

Actualizado a
<b>EN EL JUZGADO. </b>Anna Tarrés y Fernando Carpena, el día de la vista en el juzgado de Terrassa.
rodolfo molina

El juzgado de lo Social número dos de Terrassa dictó ayer sentencia para la demanda que Anna Tarrés presentó contra la Real Federación Española y su presidente, Fernando Carpena. Estima sólo en parte la demanda de la exseleccionadora, a la que en septiembre se comunicó que no sería renovada: obliga a reponerla en su cargo de seleccionadora y directora técnica y mantenerle su sueldo hasta el 31 de diciembre, fecha en la que finaliza su contrato, porque "constituye una vulneración del derecho al honor de la demandante y por afectar a su prestigio profesional".

Pero el magistrado Alejandro Cabral rechaza la segunda parte de la demanda. La referida a que Tarrés hubiera sufrido acoso por parte de la RFEN o que Fernando Carpena hubiese instigado la carta de 15 exnadadoras en la que se le acusaba de malos tratos. "Resulta la inexistencia de implicación alguna de la RFEN y de su presidente en la génesis de la carta", dice la sentencia. Por lo tanto, no ha lugar a cobrar las indemnizaciones que reclamaba: 309.010 por daños y perjuicios materiales (cantidad equivalente a dos años de salario) y la indemnización por daños morales que se estimó en 50.000 euros.

"La sentencia desmota totalmente que yo y la RFEN hayamos urdido una trama para desprestigiarla", valoró Carpena.

El abogado de Tarrés, Jorge García, confirmó ayer que recurrirán al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña este último aspecto, reclamando los 359.010 euros.

Tarrés, pues, debería volver a entrenar al equipo relevando a Esther Jaumà. Pero no será así. En la sentencia se explica que las dos partes acordaron previamente una medida cautelar. "El arreglo consistió en exonerar a la demandante (Tarrés) de prestar servicios efectivos para la demandada (RFEN), sin prejuicio de continuar percibiendo el mismo salario" hasta 31 de diciembre. El juez acuerda mantener esa medida cautelar. Tarrés no podrá, entonces, volver a su trabajo.

El juez tampoco considera probado que la bajada de sueldo y el hecho de que Tarrés no haya cobrado aún 65.000 euros de premios por las medallas de 2012 sea fruto de una estrategia de acoso. Recuerda que la reducción salarial del 20% "fue pactada" con los representantes de los trabajadores de la RFEN. Tampoco "la realidad de las ofertas de trabajo procedentes de México y Brasil", que Tarrés dijo que se esfumaron a raíz de la carta.