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Más deporte | Dopaje

La anulación de escuchas tumba la Operación Galgo

Un auto de la sección 1ª de la Audiencia de Madrid, presidida por Alejandro Benito, cierra de facto la Operación Galgo, que camina hacia su archivo. Las escuchas quedan anuladas porque no fueron motivadas por indicios claros de delito. Lo que se descubrió con ellas no vale, pues, para la Justicia.

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La anulación de escuchas tumba la Operación Galgo

La Operación Galgo quedará en nada. La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado nulas las escuchas telefónicas llevadas a cabo por la Guardia Civil y autorizadas primero por el juez de guardia Santiago Torres y luego por Mercedes Pérez Barrios, titular del juzgado de instrucción número 24 de Madrid, que lleva el caso.

La anulación viene provocada por los recursos presentados por los abogados de Eufemiano Fuentes y su hermana Yolanda, Marta Domínguez, César Pérez (entrenador de la palentina), José Alonso Valero (representante de la ahora senadora), José Luis Pascua Piqueras (preparador), Manuel Pascua (técnico de multitud de atletas) y su esposa María José Martínez.

El auto, al que ha tenido acceso AS, es duro con las actuaciones de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil. "El rumor, el chismorreo o la habladuría no pueden considerarse como indicios de delito", refleja, para anular íntegramente el auto que daba inicio a las investigaciones, y considera que la solicitud por la que se acordaron las escuchas "no contenía ningún indicio objetivo o sospecha fundada de la comisión por los investigados de un delito de dopaje deportivo".

En el recurso, los imputados pedían la nulidad de las intervenciones telefónicas al considerarlas desproporcionadas respecto al presunto delito. Según el artículo 361 bis del Código Penal "serán castigados con penas de prisión de seis meses a dos años los que (...) faciliten a deportistas (...) sustancias o grupos farmacológicos prohibidos". Por delito grave se entiende el que supone penas de más de cinco años.

La anulación de las escuchas conlleva consecuencias drásticas, porque todas las actuaciones que se derivaron de ellas no son válidas: registros en los domicilios de los Fuentes, Alberto León, Pascua Piqueras, Alonso Valero, Alberto García, el culturista Miguel Barceló y Marta Domínguez. En el caso de Marta, las acusaciones de dopaje y de delito fiscal ya habían sido sobreseídas, en parte porque se anularon ya parcialmente intervenciones telefónicas.

Quedan también sin efecto las vigilancias policiales (entre ellas en la que se descubrió a Alberto León, Manuel Pascua y Alemayehu Bezabeh listos para hacer una autotransfusión al atleta), los autos autorizando la obtención de informaciones patrimoniales y todas las declaraciones de imputados previas al levantamiento del secreto de sumario, algunas con trazas delictivas. Por ejemplo, la de Alberto García ante la Guardia Civil en la que admitió "haber recibido sustancias dopantes de Alonso Valero y Marta Domínguez, de quien dice que le ha facilitado el ORO y una ampolla de EPO, que Marta le decía se las hacía llegar César Pérez".

Con el auto, la Galgo camina hacia el archivo total.